En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 04 de marzo de 2009 , por el abogado JIMMY INOJOSA, inscrito en el Inpreabogados bajo el N° 51.577, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GERSON ALBERTO MONSALVER parte demandante, contra la negativa de apelación proferida por el JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA en fecha 25 de febrero de 2009.
En consecuencia se ORDENA al juzgado de instancia oír la apelación interpuesta en un solo efecto a objeto de evitar un pronunciamiento que pueda afectar los intereses del recurrente y ordene la remisión del expediente al Juzgado Superior a quien corresponda el conocimiento del.....