Con fuerza en la motivación anterior esta SALA ÚNICA DE LA CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL CON SEDE EN EL ESTADO LARA-BARQUISIMETO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la Acción de Amparo interpuesta por la Abogado : YILDER SANCHEZ, actuando como Defensor del ciudadano TRINO DAVID ARTEAGA, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 133 numeral 3 de la vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. ASÍ SE DECLARA. En Barquisimeto a los 16 días del mes de Marzo de 2016 Regístrese, publíquese, diarícese la presente decisión, déjese copia debidamente certificada por secretaria de la presente decisión y notifíquese.