Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por los demandados y el tercero, por lo expuesto en la parte motiva del presente fallo; se confirma la sentencia recurrida.
SEGUNDO: Se condena en costas a los recurrentes a tenor del Articulo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.