DECISION.
Por las razones arriba expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR, la demanda de Nulidad de Venta intentada por el ciudadano JUAN FERNANDEZ CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.805.044, y de este domicilio, en su carácter de accionista de la Sociedad de Comercio Hospital Clínico Loyola, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 03-12-1992, bajo el Nº 27,, Tomo 18-A., en contra de la SOCIEDAD DE COMERCIO INVERSIONES SAGITARIO 5, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 28 de Marzo de 1.994, bajo el Nº 10, Tomo 18-A, y el ciudadano LAZARO FIGUEROA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.436.6635, y de este domicilio. Se declara nula.....