VIII
DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada en fecha 22 de marzo del año 2006, por la abogado INÉS MERCEDES GONZÁLEZ BARAZARTE, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante abogado DEIMAR GONZÁLEZ BARAZARTE, contra la sentencia publicada en fecha 21 de marzo del año 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Guanare.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada en fecha 28 de marzo del año 2006, por el abogado JOSÉ MIGUEL MÉNDEZ ALDANA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada PROCURADURÍA DEL ESTADO PORTUGUESA, contra la sentencia publicada en fecha 21 de marzo de.....