En razón de los criterios precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 26 de marzo de 2007, por el ciudadano Luis Tadeo Marcano Suárez, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 34.818, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte co-accionada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 19 de marzo de 2007.