Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 936 en concordancia con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: FRANCY ELITA AZUAJE PEREZ, JESUS RAFAEL AZUAJE PEREZ, MOISES RAFAEL AZUAJE PEREZ, ROSELBY COROMOTO AZUAJE DE ZAMBRANO, DIANA CAROLINA PEREZ, JUAN CARLOS MONTILLA PEREZ y WILMER RAMON MONTILLA PEREZ la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante: CARMEN RAMONA PEREZ DE AZUAJE, vocación hereditaria que le viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 825 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas a.....