DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por los Abogados PÉREZ VILORIA REINAL Y PINEDA OCHOA ELISA, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los 71.596 y 131.311 respectivamente, contra el auto dictado en fecha 25 de Junio de 2012, por el Juzgado Primero del Municipio Iribarren de esta Circunscripción Judicial del estado Lara.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
Remítase copia certificada de esta sentencia con oficio a la Juez A-quo y archívese la presente causa.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y archívese.