DISPOSITIVA
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal II de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: UNICO: SE CONDENA al acusado ALBERTO ANTONIO ACASIO, venezolano, de 34 años de edad, soltero, profesión u oficio Albañil, titular de la cedula de identidad Nº 12.265.781, residenciado en la Carretera Nacional vía Turén Sector los Mangos, casa Nº 16, Píritu, Estado Portuguesa, a cumplir al pena de 1 AÑO DE PRISION por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el Encabezamiento del artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, perpetrado en perjuicio de la niña (cuyo nombre se omite por razones de Ley), más las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal.
El texto integro de la presente decisión se publicó dentro de los 10 días que dispone este Tribunal de conf.....