Así mismo, advierte este Tribunal al solicitante, que los títulos supletorios tienen como fin primordial obtener un título suficiente de asegurar la posesión sobre una casa o edificio que se ha construido a propias expensas de los particulares, teniendo para ello que evacuar simple declaraciones de testigos que guarden relación con los hechos invocados, no obstante, del cuestionario formulado por el solicitante, no se desprende en forma alguna que éste guarde relación con los fundamentos esgrimidos en la solicitud por lo que mal puede pretender se instruya el presente caso ante la ambigüedad determinada.
Finalmente, logra evidenciar este Tribunal como defecto de fondo, que el solicitante no indica de manera expresa a qué persona o personas pretende se les acredite el derecho de posesión y propiedad de las bienhechurías objeto de su solicitud, en consecuencia, considera quien juzga, que al existir omisiones de forma y fondo en la solicitud que arropa el presente caso, y que son requi.....