Visto el convenimiento celebrado por ante la Fiscalía IV del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección del Niño, Adolescente y la Familia y homologado según oficio N° 18-F4-1C-1418-07, de fecha 14-11-2007, entre los ciudadanos EDGAR EDUARDO PÉREZ COLMENAREZ y ELIZABETH COROMOTO RAMOS TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.341.878 y 12.011.403, respectivamente, sobre la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en beneficio de la niña ............................., de cinco (05) años de edad, donde el padre cancelará la cantidad de Bs. 150.000,00 mensuales que le serán retenidos de su salario que percibe por el Cuerpo de Bomberos de este Municipio, asimismo, se compromete a cubrir los gastos por mitad correspondiente a uniformes, útiles escolares en el mes de agosto y los gastos por mitad de ropa, calzado y juguetes en el mes de diciembre e igualmente se comprometen ambos padres a cubrir gastos de medicinas, atención médica, .....