En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y del Derecho, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 27 de octubre de 2009, por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 20 de octubre de 2009. En consecuencia se declara SIN LUGAR la acción interpuesta.
En consecuencia, se MODIFICA la sentencia recurrida, solo respecto a la carga de la prueba, en los términos aquí establecidos.