Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N°2 en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, SE NIEGA EL CAMBIO DE LA MEDIDA Y SE MANTIENELA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del código procesal penal, en para el acusado WILLIANS ENRIQUE SINGER, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.156.788, de diecinueve (19) años de edad, nacido el día 17-10-1987, residenciado en la Calle El Río, casa sin número, Barrio Colombia, Agua Blanca, Estado Portuguesa por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 Numerales 1, 2, 3 y 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. Se ordena el traslado del acusado al Hospital de esta ciudad, a los fines de que sea evaluado. Así se decide.
La Juez de Juicio N° 2,
Abg.....