DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida por el delito de ESTAFA, establecido en el artículo 464 del Código Penal, seguida contra FIGUEREDO ANDRADE JOSE ALEXANDER, cometido en perjuicio del ciudadano PAREDES BARAZARTE ELIO JOSE de conformidad con el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 48 ordinal 8 ejusdem y con el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal, porque prescribió la acción penal en virtud de que la prescripción extingue la acción penal.
Publíquese y notifíquese a las partes.
El Juez de Control N° 1,
Luis Alberto Hernández Mendoza
La secretaria,,
Abg. Reina Rangel