este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, la oposición a la Medida Cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar, planteada por la Representación Judicial de la parte co-demandada, ciudadana JENNY JOSEFINA MELÉNDEZ, en la pretensión de NULIDAD DE DOCUMENTO, intentada por la ciudadana ERIKA MASSIEL HERNÁNDEZ RONDON, contra el ciudadano PEDRO RFAEL VELÁSQUEZ CARVAJAL, Firma INVERSORA TODO CRISTAL, C.A. y la ciudadana JENNY JOSEFINA MELÉNDEZ, todos previamente identificados.