Por las razones expuestas y en virtud que los ciudadanos ARNALDO ANTONIO CASTILLO SUAREZ y ROSSANNY ANDREINA MEDCALF ALMAO, antes identificados, comparecieron libremente a la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Turén Estado Portuguesa y procedieron a celebrar un acuerdo conciliatorio de obligación de manutención, cumpliendo con todas las formalidades de la Ley, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación al convenimiento efectuado, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Así se decide.
Anótese en los libros respectivos, regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Dada, firmada, sellada y refrendada en el despacho de este Tri.....