Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1.- CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD PASIVA de los ciudadanos ALEXIS ANTONIO FERNANDEZ BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número. 10.256.902, domiciliado en la urbanización La Comunidad III, sector IV, vereda XIII, vivienda Nº 11, de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, representados por el defensor judicial Gabriel Kassen Machado, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad Nº 16.209.939, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.392, de este domicilio y el tercero llamado a la causa ciudadano RAMON JOSÉ FERNANDEZ QUEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.051.868, domiciliado entre carreras 5 y 4, de la población de Biscucuy estado .....