En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo emanado de la Inspectoría del Trabajo, correspondiente a providencia administrativa No. 094-2018, de fecha 12 de marzo del año 2018, por lo que se suspenden los efectos del referido acto administrativo hasta tanto sea resuelto el fondo del recurso de nulidad interpuesto.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LA CIUDAD DE ACARIGUA DEL ESTADO PORTUGUESA, a los fines de que proceda a dar cumplimiento a lo establecido en la presente decisión.
TERCERO: Se ordena la notificación del ciudadano EDWAR ARISTIDES ESCALONA LUGAR, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.347.332, domiciliado en la Parroquia Rio Acarigua, calle 2, casa 14, sect.....