En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos JORGE PERAZA, DARWIN RODRIGUEZ y ANIBAL FIGUEROA, titulares de la cedula de identidad Nros. V- 12.446.676, V- 15.285.108 y V- 13.072.197, respectivamente, en contra de la sociedad mercantil VIGILANCIA PRIVADA SILGUA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranada, en fecha 29 de abril de 1.993, bajo el Nro. 28, tomo 6-A, y en consecuencia se le condena en pagar los siguientes conceptos:
PRIMERO: Se condena a pagar a la empresa demandada la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES C.....