DISPOSITIVA.
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, a quien se le imputare la comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, específicamente el delito de Lesiones Intencional Leves, previsto en el articulo 416 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana: VICTORIA DEL CARMEN LUCENA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.549.911, residenciada en el Caserío "Mijaguito", carretera vía la Arenera, sector la Vega, casa sin número, Acarigua Estado Portuguesa, en la presente causa, de conformidad a lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niñ.....