En atención a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Dicta SENTENCIA CONDENATORIA para el acusado al ciudadano EFREN ANTONIO PEREZ URQUIOLA, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N°V-4.925.838, residenciado en la Urbanización El Este, Avenida 4, Manzana 10, Casa N° 11, Acarigua, Estado Portuguesa, y lo condena a cumplir la PENA de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION por ser, el autor y responsable de la comisión del delito de DIFAMACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 442 segundo aparte del Código Penal, la pena antes indicada, fue calculada acatando lo dispuesto en el artículo: 37 del código penal, aplicando la pena hasta el limite medio, el cual es de tres (3) años de presión, esta Juzgadora considero procedente aplicar la aten.....