este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Homologado el acuerdo celebrado entre las partes, se declara concluida la Audiencia Preliminar y terminado el proceso, dándole efecto de cosa juzgada, y se ordenará el archivo del expediente una vez que conste el cumplimiento de las obligaciones pendientes. Así se establece. El Tribunal hace constar, que el demandante, ciudadano Eudaldo Francisco Hernández Hormechea, recibió en este acto a su entera satisfacción, el cheque antes identificado, cuya copia se ordena agregar a estas actuaciones. El Tribunal deja expresa constancia que las partes recibieron en este acto las pruebas promovidas y sus recaudos a su entera satisfacción. Siendo las 12:15 de la tarde, se procedió a dar lectura del acta, y conformes firman los comparecientes. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.....