En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con Competencia Transitoria en del Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Inadmisible la solicitud de título supletorio, incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO SAAVEDRA ESCALONA.
Se declara sin lugar la apelación formulada por la parte solicitante y queda confirmada en los términos expuestos, la sentencia interlocutoria, dictada en fecha 12-06-2009, por el Juzgado Primero del Municipio Guanare de este Primer Circuito Judicial del estado Portuguesa.