DECISION
Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado de Control Nº 11, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la Causa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 49 ordinal 7° ejusdem, en la causa seguida al ciudadano: 1.-CARLOS ENRIQUE SANTANA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 24.161.266, 2- JESUS ALEXIS ALVARADO TORRES, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 24.363.002,por la Fiscalía, la comisión del delito de LESIONES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 425 del Código Penal. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara. ASIMISMO ESTE TRIBUNAL NOTIFICA AL PROBACIONARIO JOSE PASTOR RODRIGUEZ, C.I Nº 24.928.749, PARA QUE CULMINE LOS CUATROS TRABAJOS COMUNITARIOS QUE LE FALTAN, pues de la revisión del sistema se observa que se le impusieron 6 trabaj.....