Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS GERARDO PINEDA TORRES, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 08 de abril del año 2010 siendo aclarada en fecha 12 de abril del año 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Guanare.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE la decisión de fecha 08 de abril del año 2010 siendo aclarada en fecha 12 de abril del año 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Guanare.
TERCERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado .....