En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de nulidad incoado por el abogado LUIS RAMON GAINZA PEÑA RIERA, actuando en sus condición de co-apoderado judicial de la parte recurrente en la presente causa, TRANSPORTE DE CARGA JUFAGA, C.A., contra el acto administrativo relativo a la Certificación signada con el Nro.- 88/11, de fecha 25/05/2011, emanada del INSTITUTO DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE PORTUGUESA Y COJEDES, mediante la cual el médico ocupacional certificó que el accidente fatal que sufrió el ex-trabajador VICTOR JOSE ALEJOS, fue un accidente de trabajo, por cuanto se desestimó la violación al derecho a la defensa y al debido proceso y fue declarado improcedente la incompetencia d.....