En fuerza de las motivaciones anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano RAFAEL MIGUEL ALVARADO MEDINA, venezolano, soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en la Urbanización parque Residencial Miraflores, sector c, casa Nº7, Araure, Estado Portuguesa y titular de la Cédula de Identidad Nº 14.091.348, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo artículos 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en perjuicio de la ciudadana MAGGLY KARINA TORO RAMOS, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISION, más la accesoria prevista en el artículo 66 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a saber: 2. La inhabilitación.....