DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO, en nombre del niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley contra el ciudadano en consecuencia el Demandado ciudadano LUIS EDUARDO ESCALERA GORROCHETEGUI, cancelará la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (BS. 3.500,00) MENSUALES y en el mes de diciembre la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) para los gastos de dicha época. Así como el 50% de los gastos odontológicos, médicos de medicinas, ropa y calzado, entre otros gastos gatos que requiera el niño. El dinero por estos conceptos deberá ser entregado por mensualidades adelantadas.....