A efectos de lo anterior, es necesario rogatoria al TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CURAZAO, A QUIEN CORRESPONDA, a los fines de que por intermedio del mencionado Tribunal de Primera Instancia al cual le corresponda haga la correspondiente notificación al BANCO BBVA PROVINCIAL OVERSEAS N.V, CURACAO, igualmente, es necesario librar comunicado mediante oficio al BANCO PROVINCIAL BBVA con sede en la Torre Provincial, Avenida Francisco de Miranda, de la ciudad de Caracas, Distrito Capital con Atención a consultoría jurídica del Banco y para ello se designa correo especial a la abogada MARÍA DEL VALLE HERNÁNDEZ PEÑALVER, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 30.590, en su condición de apoderada judicial del ciudadano LUIS EDUARDO LISBOA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.427.554.
Publíquese y regístrese la presente providencia cautelar innominada incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve déjese co.....