En virtud de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 02/06/2.004, por el abogado Julio César Castellano, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante contra la decisión dictada en fecha 25/05/2.004 por la Juez Unipersonal No. 01 del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 25/05/2.004, por la Juez Unipersonal N° 01 del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró Parcialmente Con Lugar la ac.....