Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ASDRUBAL LEON, en su carácter de defensor Público, contra la decisión dictada en fecha 06 de Agosto de 2007, por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, mediante la cual condenó al ciudadano MORALES MONTILLA WILLIANS DOMINGO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, en perjuicio del ciudadano REYES GUERRA LUIS EDUARDO.