D I S P O S I T I V A
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA intentada por la ciudadana JUANA FRANCISCA RODRIGUEZ GUEDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.842.416, en representación de su hija (IDENTIFICACIÓN OMITIDA), actualmente de nueve (09) años de edad, en contra del ciudadano ALEJANDRO JAVIER VILLALOBOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.549.728, identificados en autos. En consecuencia, el prenombrado ciudadano debe suministrarle a su hija la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.120.000) MENSUALES que representan cinco punto nueve (5.9) salarios mínimos diarios a razón de veinte mil cuatrocientos noventa y tres bolívares (Bs. 20.493.....