declara la NULIDAD ABSOLUTA de la presentes actuaciones correspondiente a la acción por QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO incoada por los Abogados GONZALO MARINO DÍAZ ESCALONA, JOSÉ GUILLERMO ALBORNOZ CUEVA, y LUÍS FRANCISCO ALBORNOZ BENÍTEZ, en sus caracteres de Apoderados Judiciales de la Empresa Mercantil M.P.S.G. INVERSIONES, C.A., contra las ciudadanas MARIA COLINA DOLORES, MERLY CAROLINA PINEDA GONZÁLEZ, AILEC DEL VALLE GIMENEZ VERA, MELIDA ROSALÍA GIMENEZ VERA y MARIELA YAMILET GIMENEZ VERA.
Por consiguiente, se les apercibe a los profesionales del derecho GONZALO MARINO DÍAZ ESCALONA, JOSÉ GUILLERMO ALBORNOZ CUEVA y LUÍS FRANCISCO ALBORNOZ BENÍTEZ, Inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 31.957, 111.188 y 74.462, respectivamente, para que se abstenerse en lo sucesivo de rotular conductas contrarias a la ética profesional, como la anotada, con fundamento en lo establecido en el artículo 171 del Código de Procedimiento Civil, de aplicación supletoria. Igualmente, ORDENA remiti.....