Por las motivas anteriormente expuestas, éste Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana OLADYS DEL CARMEN OLIVEROS REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N. V-17.002.929, contra el ciudadano DARIO ANTONIO PALACIO SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.645.750.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los esposos en fecha en fecha 11 de Marzo del año (2010), por ante el Alcalde del Municipio San Genaro de Boconoito en el despacho del Registro Civil de la Parroquia Antolín Tovar del Municipio San Genaro de Boconoito del Estado portuguesa, según consta en Acta de Matrimo.....