DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la Sociedad Mercantil CARNES DE OCCIDENTE COMPAÑÍA ANONIMA en contra de la Sociedad de Comercio FRIGORIFICO DE CARNES FRICARNE C.A., ambas identificadas. Se condena a la demandada a pagar a la actora las siguientes cantidades: Primero: NOVENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 94.141.500,00) por concepto de capital adeudado contenido en las facturas suficientemente identificadas; Segundo: el ajuste monetario del monto condenado a pagar, habida cuenta que la inflación como hecho notorio permite establecer que la depreciación de la moneda causa un daño al acreedor y que este daño debe repararse mediante la indexación monetaria la cual habrá de establecerse mediante experticia complementaria del fallo, teniendo presente los índices inflacionarios del Banco Central de Venezuela desde los meses de agosto de 2002 para las facturas Nros. 44061, 4444 y 44413 y desde el mes de septiembre de 2002 par.....