En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara INCULPABLE, al ciudadano Fernando José Doromoro, portador de la cedula de identidad N° 13.777.193, estado civil soltero, fecha de nacimiento, 25-01-1971, de 39 años de edad, hijo de Maria Eduviges de Domoromo y Fernando José Malvacia; de profesión u oficio: mecánico de hidromaticos; Grado de instrucción, no estudie, domiciliado en el Barrio el Terminal, calle flor de Carora, con Callejón Venezuela, casa sin numero, de color naranja, punto de regencia Bogeda Santa Lucia, a una cuadra, en Carora, estado Lara. Teléfono 0426-859-4779, de la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la.....