DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por la ciudadana LAURA CAÑIZALEZ, Titular de la cedula de identidad Nº 20.046.485., por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos en virtud de las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el despido injustificado alegado por la parte actora.
TERCERO: Se ordena a la sociedad mercantil MOTEL FUENTE DE SODA RESTAURANT RANCHO GRANDE, C.A., a cancelar a la ciudadana LAURA CAÑIZALEZ, Titular de la cedula de identidad Nº 20.046.485., la cantidad de OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 87.368,51); por los conceptos antes detallados.
CUARTO: Se condena al pago de los inte.....