DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la sala de juicio Nº 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con lugar, la solicitud de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana Yarbelys Lorena Bastidas en representación de sus hijos los niños (omitido artículo 65 LOPNA) en contra el ciudadano José Luis Oropeza, ya identificado. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en la cantidad de ciento cincuenta mil bolívares (Bs. 150.000,oo) mensuales a razón de setenta y cinco mil bolívares (Bs. 75.000,oo) quincenales, que equivale al 46,69 % del salario mínimo actual, el cual se incrementará anualmente en caso de aumento del salario mínimo Nacional, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otr.....