DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Reglas de Conducta, por el lapso de un (01) año, se le imponen las siguientes obligaciones:
1.- Residir en un Lugar determinado
2.- Prohibición de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes psicotrópicas
3.- Prohibición de portar armas de fuego ni armas blancas.
4.- Estar bajo el cuidado y vigilancia de su representante legal.
5.- No permanecer fuera de su casa luego de las 9:00 p.m.
6.- Continuar la escolaridad en una misión y consignar constancia de estudio y notas.
Servicios a la Comunidad por el lapso de seis (6) meses, la cual deberá cumplir en el Hospital Dr. Rafael Antonio Gil del Municipio Crespo, Duaca.
Libertad Asistida por el lapso de un (1) año, la cual d.....