Por lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la solicitud de salida transitoria del penado LIZCANO GUILLERMO RAMON por estar llenos los extremos en los artículos 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, por el lapso de 24 horas, contados a partir de la hora en que haga su egreso que será el día Miércoles 19 de Abril de 2006 a las 7:00 de la mañana, debiendo reingresar al Instituto Penitenciario De Capacitación Agrícola y Artesanal el día Jueves 20 de Abril de 2006 a las 7:00 de la mañana. Regístrese, notifíquese, déjese copia y ofíciese lo conducente.