Revisado el escrito contentivo de la Acusación presentado por la Representante del Ministerio Público, y expuesto en la audiencia por la Abogada LID LUCENA, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en función de Control Nº 3, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela emite los siguientes pronunciamientos.
1) Inadmite la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el ciudadano JUAN CARLOS GARRIDO, ya identificado, por la comisión de los delitos de Lesiones Leves y lesiones Levísimas previstos y sancionados en los artículos 416 y 417 del Código Penal vigente.
2) Decreta Prescrita la acción penal de conformidad con el primer aparte del artículo 110 del Código Penal y en consecuencia se decreta extinguida la acción penal de conformidad con el artículo 48 numeral octavo del Código Orgánico procesal Penal y el SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo dispuesto e.....