En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION A COMPRA propuesta por el ciudadano SIMON RAFAEL JIMENEZ TAPIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 18.290.556 contra el ciudadano JESUS ALBERTO DICURU ANTONIETTI, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 6.967.677. En consecuencia, se declara resuelto el contrato preliminar de compra venta suscrito entre las partes por ante la Notaría Pública Cuarta de Barquisimeto, bajo el N° 12, tomo 86, de los Libros de Autenticaciones, de fecha 19-03-2012 y del ADENDUM I DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA otorgado por ante la misma Notaría Pública Cuarta del Municipio Iribarren del estado Lara, bajo el N° .....