De la revisión de las actas constitutivas de la presente causa, se constata que en anteriores oportunidades se ha declarado con lugar la inhibición planteada por la juez Mariluz Pérez en juicios donde actúa el mencionado abogado Vladimir Colmenares; y, al no existir en autos evidencia que tales circunstancias hayan cesado, y visto lo expresado por la inhibida; quien juzga considerada que la inhibición propuesta es conforme a derecho y en razón de ello, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, la declara CON LUGAR por estar hecha en debida forma y basada en causa legal.
Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión al Juez inhibido, a los fines legales consiguientes y de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase otra copia certificada para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese.