esta Juzgadora observa que se han cumplido con todos los requisitos de ley para ser declarada la confesión ficta de la parte demandada; demostrándose igualmente que se encuentran cumplidos los extremos de ley para declarar con lugar la pretensión de Desalojo de Local Comercial instaurada por el abogado LEONARDO MENDOZA PEREZ, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES JIMEL, C.A., contra el ciudadano CARLOS EDUARDO CORDERO NIEVES. Así se decide.-
DISPOSITIVA.
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión por motivo de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, instaurada por el abogado en ejercicio LEONARDO MENDOZA PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo e.....