Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la Abogada: SIRLEY BARRIOS GARCIA, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.565.009 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.764, apoderada judicial de los ciudadanos: MARCO ANTONIO REQUENA MOYA Y DARISOL TORREALBA ADAMES, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V- 16.700.341 y V- 20.762.174, según consta en poder autenticado por ante la Embajada de Venezuela en la Republica de Panamá Sección Consular de fecha 19 de Julio de 2023, el cual quedo inserto bajo el N° 693, folio 716 el Tomo III del Libro de Poderes. De conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordan.....