Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la Pretensión, intentada por la empresa D´CARS C.A. contra los ciudadanos: EDGAR SEGUNDO SIMANCAS ACEVEDO Y JOSE LUIS RIVERO LUCENA, plenamente identificados en autos. En consecuencia, se resuelve el contrato de venta con reserva de dominio celebrado entre las partes, sobre el vehículo marca Ford, modelo Galaxie, año 1975, color azul, clase automóvil, tipo sedan, uso particular, serial de carrocería AJ53RD37999, serial del motor 8 Cil, Placas NAJ-919. Quedan a favor de la demandante, la cantidad que la demandada ha cancelado como compensación por el uso del automóvil durante el tiempo que permaneció en su poder.------------------------------------------------------
Se condena a la parte demandada, al pago de costas por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo prev.....