En razón de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio en Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara la extinción del proceso en el juicio intentado por el ciudadano PEDRO ORLANDO ALVAREZ ESPINOZA contra la sociedad mercantil CERAMICA VILLA ROSA, C.A.