En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:"La entrega material del inmueble, constituido por un local comercial distinguido con el N° 04 del Centro Comercial Mediterráneo, calle 29 con avenida 33 de la ciudad de Acarigua estado Portuguesa, libre de bienes y personas al apoderada actora abogada Marisa Romeo, ya identificado quien estando presente expone: "recibo conforme el inmueble constituido por un local comercial distinguido con el N° 04 del Centro Comercial Mediterráneo, calle 29 con avenida 33 de la ciudad de Acarigua estado Portuguesa, libre de bienes y personas y en este mismo acto solicito al tribunal se traslade a la Entidad Bancaria Banesco para Embargar Ejecutivamente suma líquida de dinero por cuanto en el inmueble.....