Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 06 de julio de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que decretó la Interdicción de la ciudadana INDIRA DEL CARMEN CAMPOS CHASTRES, solicitada por su hermano, el ciudadano RAÚL GREGORIO CAMPOS CHASTRES.
SEGUNDO: En consecuencia se confirma la designación que, como Tutor Ordinario, recayó en el ciudadano RAÚL GREGORIO CAMPOS CHASTRES, hermano de la aquí interdictada.
TERCERO: De conformidad con el artículo 414 del Código Civil se ordena registrar el .....