DISPOSITIVA
	Por las razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana IRMA ACOSTA VERGARA, en su carácter de parte actora debidamente asistida por la  abogado EVA BUITRIAGO, contra  la decisión de fecha 19 de octubre del año 2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, sede Acarigua.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión del a quo por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: No hay condenatoria en costas del recurso por la naturaleza revocatoria del fallo.