DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana IRMA ACOSTA VERGARA, en su carácter de parte actora debidamente asistida por la abogado EVA BUITRIAGO, contra la decisión de fecha 19 de octubre del año 2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, sede Acarigua.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión del a quo por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: No hay condenatoria en costas del recurso por la naturaleza revocatoria del fallo.